THE BATTLE OF COPYRIGHT scaled

Por qué el copyright está desapareciendo a Tejada Gómez y Draghi Lucero

La profundización del copyright nos está llevando a la implosión cultural.

Cada vez que aquí abordamos temas como el de hoy, suelen aparecer comentarios del tipo “sí, yo banco a las músicas” o “lo que dicen es apología del delito” y otras cuestiones tan comprometidas como decir “qué linda” o “qué fea” nota. Si has visitado el diario más de una vez, te darás cuenta de que no escribimos buscando ser simpáticas, ni para hacer amigas ni juntar “me gustas”.

Claro, los piropos nos halagan y nos interesan también las críticas (sólo cuando tienen más fundamentos que los religiosos), pero lo que más nos interesa es fomentar el debate sobre temas que son tomados como nimios, cuando en realidad son profundamente importantes. Uno de ellos es la cultura y su enfoque propietario, algo que nombramos seguido como “el problema del copyright”.

Cultura es lo único que podemos producir. Así de simple. Tanto disciplinas tomadas como artísticas, oficios, profesiones, o prácticas cotidianas como charlar, son cultura, son aquello que producimos. En muchas ocasiones, esa cultura además tiene forma (soporte) de CD, de libro, de DVD, de cuadro, de mesa, de silla, de libertad o de cárcel, pero así como todo lo que hacemos es político, es primero cultura y luego aquello que le sirva de soporte, puede ser material cuando el soporte al mismo tiempo es “cosa” o no, cuando el soporte son “acciones” (como cantar, o caminar).

Pero la cultura, así de amplia como se define más arriba, ha sido encarcelada por algunas personas -que con el tiempo además han logrado crear instituciones y legislación en todos los estados- que buscando obtener ganancias por su trabajo -algo lógico, entendible, aunque es conveniente diferenciar ganancia y usura- han extendido “sus” derechos a lo que en algunos países es definido como los “derechos morales” que conforman el copyright. Estos tienen dos utilidades: por un lado la búsqueda del reconocimiento de la autoría de una obra, y por otro el derecho de una autora a preservar la “integridad” de la obra, lo que significa el derecho a negarse a que se realice cualquier modificación u obra derivada, entre otras posibilidades igual de absurdas. Esto último significa que una autora, puede ejercer sus derechos de autora por encima de la creatividad de otra, resguardando para sí toda posibilidad de desarrollar cualquier otra obra en base o derivación de la creación principal.

Copyright es un matiz dentro del derecho de autora venido del mundo anglosajón, que hace alusión sólo al “derecho de copia”

Derecho de autora y copyright son cosas diferentes, que tienen enfoques diferentes, para hablar de la “propiedad” (algo terrible) literaria y la propiedad artística. El primero se basa en la idea del derecho de la autora y su relación con su obra, que es tomada como expresión de la autora. El segundo se limita estrictamente al derecho de copia de la obra, sin considerar a la autora, que no es tomada como una autora propiamente, sino como una tipa que hizo la obra original.

Te darás cuenta entonces, de cuál concepto es más humano, y cuál soporta a la artista. El copyright es un concepto que sirve a las editoriales, discográficas y otras empresas que se dedican a producir en escala la obra de una persona, pero al mismo tiempo, esta persona es tomada casi como una proveedora, es una que tiene ciertos derechos sobre la obra, pero es siempre la obra la protegida y no su autora.

La gran pregunta, es qué protege el copyright y de qué la protege.

Algunas pensarán que el copyright evita que una persona no perciba una remuneración venida de su obra, otros seguramente pensarán que evita que una persona sea víctima de lo que hagan las demás, y hay varias acepciones más. Pero resulta que las grandes impulsoras del copyright -al menos en los últimos 100 años- no han sido las artistas sino las empresas que se dedican a producir industrialmente aquella “cosa” que producen las artistas puesto que la comercialización de una obra ha incluido e incluye los derechos de copia de la misma (que es distinto a su autoría). El asunto, y una de las cosas más perversas, es que esta forma de encerrar la cultura no tiene sólo como marco de acción el mundo de lo artístico. Distinto sería una patente (que es mucho más grave aun). Pero la medicina, la ingeniería, todo aquello que pueda ser enseñado puede ser víctima del copyright, así como las ideas, que son patentables, la forma que toman estas para su difusión son pasibles de copyright. No estamos hablando sólo de música, cuadros, obras teatrales y otros contenidos artísticos que formalmente son entendidos como cultura, sino de la cultura entera. El copyright no protege a las autoras ni a las obras sino a las empresas que lucran parasitaria y desmedidamente con la obra y, fundamentalmente, con el gusto o interés de las personas en una determinada producción.

Una cosa es reconocer la autoría, la “paternidad” o “maternidad” de una obra, entender que la cadena de personas que gastaron dinero en producir su replicación deben no sólo recuperar, sino además ganar dinero por su trabajo, al igual que la creadora, y otra muy distinta es cuando un derecho se basa en reprimir las acciones de las demás. Una autora que registra una obra bajo copyright puede impedirte que la mires con una amiga, o que la muestres, puede incluso prohibirte tenerla como inspiración si tu obra puede considerarse derivada de la suya, puede impedir que un libro vuelva a imprimirse, que un disco vuelva a editarse, algo verdaderamente terrible: una autora puede decidir la desaparición de su propia obra.

Actualmente sucede con una enorme cantidad de música y una mayor aun cantidad de libros. Hoy Tejada Gómez y Draghi Lucero, por nombrar sólo dos víctimas del copyright, están desapareciendo. Poco a poco se transforman en un mero recuerdo, en algo inaccesible, producto de que quienes guardan los derechos de copia de su obra, han decidido que no se las vuelva a imprimir. Pueden existir motivos más que respetables, pero ninguno puede ser ponderado más allá del valor social que tiene la cultura.

Compartir cultura, así como compartimos la receta para hacer pan, es parte de la naturaleza de las personas y no se trata de, ni puede ser tratado como, un delito. Delito debería ser que una persona pueda decidir lo que otra hace con una obra, cualquiera sea esta, delito debería ser que una persona pueda privar a una sociedad entera de disfrutar, de vivirse a sí misma. Pero no, como en este mundo las leyes favorecen a la intermediaria, y estos además son las autoras de las leyes (que curiosamente carecen de copyright), las víctimas seguirán siendo aquellas para quienes -curiosamente- está destinado el arte, o aquella, que sólo puede existir con cultura: la sociedad.

El único derecho de copia que debe poder ejercerse, es el derecho de las personas a copiar, difundir, y convidar toda la cultura que nos plazca de forma legal, tal vez sea lícito cuestionar la copia con fines comerciales o su utilización con fines de lucro, porque debemos ante todo seguir sosteniendo a las autoras, pero en lugar de cuestionar lo existente deberíamos reformularlo de manera de contemplar a la artista o creadora como humana, tal vez así sea más fácil para creadoras, “disfrutantes”, industriales y estado, entender que el arte tiene tanto creadoras como destinatarias, que todas lo necesitamos para vivir y que no es más preocupante que Paramount gane menos dinero sino el camino hacia la implosión por el que marchamos siguiendo el copyright.

El mundo sólo tiene copyleft.

Que tengas buen fin de semana.

¡Happy Hacking!

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